Nuestros Principios
  • Principio N°1: Las Organización integrantes de RETEM tendrán criterios comunes de Admisión, desarrollo de Programas de Asistencia para hombres con conductas violentas, y de Supervisión.
  • Principio N°2: La seguridad de la mujer y de niñas-niños, es prioritaria.
  • Principio N°3: La posibilidad de que la mujer tenga acceso a servicios que le brinden seguridad, es un pre-requisito para la implementación del tratamiento para hombres. La asistencia específica integral de la mujer es importante y potencia la efectividad del tratamiento para hombres.
  • Principio N°4: Un sistema coordinado de servicios para la mujer y el hombre aseguran una coherencia en la respuesta a la violencia de género y sus consecuencias, y por consiguiente reduce la manipulación del sistema por parte del abusador de poder.
  • Principio N°5: El compartir información con organizaciones comunitarias que proveen servicios para la mujer, incrementa la conciencia acerca de los temas referentes a la víctima, facilita la derivación mutua y las consultas acerca de los diferentes casos, potenciando la equidad.
  • Principio N°6: Está contraindicado el tratamiento de pareja y cualquier forma de intervención donde ubiquen al hombre con conducta violenta y a la mujer en un mismo tiempo y espacio (ej. Mediaciones de todo tipo, Audiencias, etc.)
  • Principio N°7: Las mujeres deberían ser alentadas a protegerse a sí mismas a través de medidas adecuadas que podrían incluir la separación o la denuncia legal, estas sugerencias deberán recibirlas desde los equipos profesionales específicos que las asistan.
  • Principio N°8: Se debe tener mucha cautela en cuanto a las expectativas de cambio del hombre que se trasmiten a la mujer, para que ella no deje de tomar medidas de auto-protección.
  • Principio N°9: Los varones tienen derecho de acceder al espacio de tratamiento para modificar su ideología patriarcal y sus comportamientos violentos.
  • Principio N°10: El maltrato involucra una variedad de comportamientos dañinos de control. Los hombres que han violentado a sus parejas constituyen la población adecuada para los programas de tratamiento.
  • Principio N°11: El tratamiento del hombre es una opción a la sentencia que puede facilitar el proceso judicial penal. Sin embargo se requiere una coordinación entre el programa y la ‘probation’, para asegurar el cumplimiento del tratamiento o alternativamente, la aplicación de las medidas adecuadas. El tratamiento hace al hombre responsabilizarse por su conducta, pero no debería ser un sustituto de las sanciones.
  • Principio N°12: Tanto los hombres que asisten voluntariamente como quienes han sido derivados por la Justicia podrán beneficiarse con estos tratamientos, siempre que se asegure que sus procedimientos no permitan al hombre usarlos como forma de evitar las sanciones legales.
  • Principio N°13: Los programas que trabajan con hombres derivados por la justicia deben informar al oficial de probation o cualquier otra autoridad judicial acerca de la asistencia y compromiso de los participantes con los requerimientos del programa.
  • Principio N°14: Se debe mantener un registro de los comentarios clínicos, de los episodios de violencia e incidentes graves, amenazas de violencia, riesgo para los niños-niñas y del contacto con sus parejas, fundamentalmente si ha violado las medidas cautelares dispuestas por la justicia.
  • Principio N°15: Los programas de asistencia a hombres con conductas violentas deberán articular acciones con áreas legales de la comunidad, con perspectiva de género.
  • Principio N°16: Para incrementar el compromiso de los hombres con el tratamiento, serán necesarios contratos escritos, donde se mencione el encuadre asistencial, participación, incidentes de violencia y los límites de la confidencialidad.
  • Principio N°17: Deberá existir una política clara respecto de la confidencialidad que cubra áreas tales como, el deber de informar a la mujer acerca del riesgo, informar a la mujer acerca de su asistencia al programa, amenazas de suicidio, denuncias en aquellos casos donde haya niños y niñas en riesgo. También se debe poner en conocimiento de los participantes del grupo que la información obtenida podría ser compartida con otros profesionales y que se hará uno o varios contactos posteriores a la finalización del programa para evaluar su eficacia.
  • Principio N°18: Para mantener la efectividad del programa, se necesita utilizar técnicas cuidadosas de evaluación y una política donde se excluya a aquellos hombres quienes claramente no se beneficiarían con el mismo o quienes incumplen con las pautas asignadas al inicio del Programa.
  • Principio N°19: El abuso de alcohol y drogas puede ser una barrera para la recuperación y necesita ser asistida separadamente. Luego de una adecuada evaluación y derivación, si el hombre puede garantizar que está en abstinencia, será posible su incorporación a Programas de Asistencia por su conducta violenta.
  • Principio N°20: Los grupos deberán ser coordinados por un equipo de dos personas, un hombre y una mujer, de distintas disciplinas.
  • Principio N°21: No está recomendada ninguna credencial en particular, pero resulta evidente que el equipo profesional debería tener entrenamiento clínico, experiencia en coordinación grupal, estar familiarizado con la bibliografía acerca de la violencia de género, y haber resuelto temas personales en relación a su socialización genérica.
  • Principio N°22: Los hombres que egresan de los grupos podrían ser miembros útiles para el desarrollo de acciones preventivas, pero deberán recibir apoyo y la oportunidad de profundizar su proceso reeducativo.
  • Principio N°23: Los integrantes del equipo de coordinación deben recibir recursos económicos para el desarrollo de sus tareas, supervisión y entrenamiento permanente.
  • Principio N°24: El contacto con las parejas mujeres es importante para la evaluación del tratamiento del hombre, y seguridad de la misma. Se llevará a cabo con el acuerdo del equipo profesional que la asista.
  • Principio N°25: Los programas que estén dirigidos a integrantes de otras culturas tendrán mayor eficacia si son coordinados por profesionales pertenecientes a la misma. Será de utilidad tener en cuenta las variables culturales que influyen en el maltrato hacia la mujer y la perspectiva de género.